Acceso a la información y obligaciones del sujeto obligado
Para solicitar información ingrese a la Plataforma Nacional de Transparencia
Obligaciones del sujeto obligado – Consulta Pública
ARTICULO 67 – Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo a sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas.